Asamblea de Compromisarios 

 

Asamblea de Compromisarios

Órgano representativo de los médicos colegiados del ICOMEM

La Asamblea de Compromisarios es el órgano que representa de forma democrática a todos los médicos colegiados de Madrid. A través de sus 300 miembros, elegidos o designados por cada candidatura y garantiza la participación activa en la toma de decisiones del Colegio.


 ¿Qué funciones tiene?

De forma ordinaria la Asamblea aprueba la memoria anual de la gestión de la Junta Directiva así como  las cuentas anuales del periodo. Asimismo, durante el año aprueba los presupuestos para el próximo ejercicio económico que permitan la la gestión del Colegio. Además, puede proponer de forma extraordinaria la celebración de asambleas para la modificación parcial o total de los Estatutos.

 

 ¿Cómo se compone?

Según el Artículo 30 de los Estatutos, la Asamblea está formada por 300 compromisarios:

  • 250 elegidos por representación proporcional.

  • 50 por designación directa.

  • Los miembros de la Junta Directiva también son compromisarios.

La elección se realiza mediante un proceso democrático, supervisado por la Junta Electoral.


 ¿Cómo funciona?

Según el Artículo 31, la Asamblea se reúne al menos dos veces al año. Las sesiones pueden celebrarse de forma:

  • Presencial

  • Telemática

Las decisiones se adoptan por mayoría simple, salvo en casos donde se requiera mayoría cualificada. Las votaciones pueden hacerse a mano alzada, por asentimiento o por medios telemáticos.


 ¿Qué dice el Estatuto?

De forma destacada incluimos los siguiente:

Artículo 28 – Naturaleza
La Asamblea General es el órgano supremo de representación, cuya actuación es supervisada por la Junta Directiva. Los acuerdos adoptados en esta Asamblea son vinculantes para todos los colegiados. Sin embargo, las funciones de la Asamblea General se delegan en la Asamblea de Compromisarios, elegidos por los colegiados en un proceso electoral. En casos extraordinarios, la Asamblea General puede ser convocada con la participación de todos los colegiados.

Artículo 29 – Competencias
La Asamblea General tiene funciones clave, como la supervisión de la Junta Directiva, la aprobación de la liquidación de cuentas, la aprobación del presupuesto del Colegio, y la modificación de los Estatutos y del Código de Ética. Además, puede exigir responsabilidades políticas a los miembros de la Junta mediante una moción de censura.

Artículo 30 – Constitución y Procedimiento Electoral
La Asamblea de Compromisarios está formada por 300 miembros, de los cuales 250 son elegidos mediante un sistema de representación proporcional y 50 por designación directa. Los miembros de la Junta Directiva también tienen la consideración de Compromisarios. La elección de los Compromisarios sigue el mismo procedimiento que las elecciones a la Junta Directiva, y la Junta Electoral se encarga de proclamarlos.

Artículo 31 – Funcionamiento
La Asamblea General se convoca al menos dos veces al año, y puede realizarse de forma presencial, telemática o mixta, según decida la Junta Directiva. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple, aunque algunas decisiones requieren una mayoría cualificada. En las sesiones, cada intervencionista tiene un tiempo limitado para hablar, y las votaciones pueden ser realizadas de diversas formas, incluyendo por asentimiento, a mano alzada o telemáticamente.