Estatutos y Normativa 

 
 

Estatutos y normativa

Conoce cómo se organiza el Colegio, cómo puedes participar en sus decisiones y cuáles son tus derechos y deberes como colegiado.

Los estatutos del Colegio

Los estatutos son las normas que regulan el funcionamiento del ICOMEM. En ellos se recogen sus funciones, la composición de sus órganos de gobierno, los procesos electorales y las obligaciones económicas y disciplinarias.

La reforma fue aprobada por la Asamblea General Extraordinaria de Compromisarios el 27 de abril de 2023. Tras su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales el 26 de enero de 2024, el texto íntegro se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 15 de febrero de 2024.

Consultar los estatutos en el BOCM · PDF

Qué cambió con la reforma

Dos mandatos consecutivos como máximo para la Presidencia

El presidente puede ejercer el cargo durante un máximo de dos mandatos consecutivos de cuatro años.

La reforma también reduce de trece a once los miembros del Pleno de la Junta Directiva. Las dos vicepresidencias las asumen integrantes de la propia candidatura, sin añadir nuevos miembros.

Más opciones para votar

Los colegiados pueden participar en las elecciones mediante voto presencial, por correo certificado o telemático, siguiendo las condiciones establecidas para cada modalidad.

El voto telemático debe cumplir requisitos de seguridad y confidencialidad y contar con una auditoría independiente, bajo la supervisión de la Junta Electoral.

Para facilitar el voto presencial, los estatutos dan preferencia a la sede del Colegio y a los centros asistenciales donde trabajen más de 150 médicos. Esta posibilidad no se limita a los hospitales públicos.

Vocalías que representan las distintas formas de ejercer

Los estatutos incorporan la Vocalía de Urgencias y Emergencias y actualizan la denominación de otras vocalías para recoger mejor los ámbitos en los que trabajan los médicos.

Estas son las siete vocalías previstas:

  • Médicos de Atención Hospitalaria.
  • Médicos de Atención Primaria.
  • Médicos de Medicina Privada.
  • Médicos en Formación, para la promoción de empleo y cooperación internacional.
  • Médicos Jubilados.
  • Médicos de Administraciones Públicas y de Gestión Sanitaria.
  • Médicos de Urgencias y Emergencias.

Una nueva forma de elegir a los compromisarios

Los compromisarios representan a los colegiados en la Asamblea. La reforma establece su elección dentro del mismo proceso electoral que la Junta Directiva:

  • 250 compromisarios se eligen de las listas presentadas por las candidaturas, en proporción a los votos obtenidos. Participan en este reparto las candidaturas que superen el 10 % de los votos emitidos.
  • 50 compromisarios se eligen directamente, mediante una votación en urna aparte.

Los miembros de la Junta Directiva también tienen la condición de compromisarios.

Auditorías y controles de gestión

Al finalizar cada mandato, la Junta Directiva saliente debe encargar dos auditorías: una de gestión y otra económico-financiera, que examinen su periodo al frente del Colegio.

Además, el ICOMEM debe mantener actualizado un sistema de prevención de delitos, con medidas de vigilancia y control que ayuden a detectar y reducir riesgos en su funcionamiento.

Reglas para contratar proveedores

Cuando una contratación de bienes o servicios supere el 1 % del presupuesto del Colegio, con cargo a un presupuesto anual, debe celebrarse previamente un concurso público coordinado desde la Asesoría Jurídica.

La duración de los contratos queda limitada al ámbito temporal del mandato previsto de la Junta Directiva que los contrata.

Cuentas y presupuestos ante la Asamblea

La Asamblea General debe reunirse durante el primer semestre del año para aprobar la Memoria Anual. Esta incluye las memorias de Secretaría y económica, el balance, la cuenta de resultados y la liquidación del presupuesto del año anterior.

En el último trimestre se celebra la reunión destinada a aprobar el presupuesto de ingresos y gastos.

Un espacio para la medicina privada

Los estatutos contemplan la Mesa de Medicina Privada, junto con las de Hospitales, Atención Primaria y Médicos en Formación.

Las vocalías correspondientes elaboran las normas de funcionamiento de estas mesas, que deben ser aprobadas por el Pleno de la Junta Directiva.

Aquí resumimos los principales cambios para facilitar su consulta. El detalle y las condiciones de cada disposición se encuentran en el texto oficial publicado en el BOCM.

Documentación de la reforma

Cómo se aprobaron los cambios

La noticia publicada el 15 de diciembre de 2023 explica las principales novedades de la reforma, aprobada con un 70 % de los votos.

En esa fecha aún estaban pendientes la inscripción y la publicación oficial, que se completaron en 2024.

Leer la noticia sobre la aprobación

Propuestas y enmiendas

También se conserva el documento de trabajo que recoge las propuestas de modificación, las enmiendas incorporadas y sus motivos antes de la Asamblea del 27 de abril de 2023.

Este documento permite conocer cómo se preparó la reforma. Para consultar la redacción finalmente publicada, accede a los estatutos del BOCM.

 
LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES
18 de diciembre de 2025
ESTATUTO MARCO 2003
18 de diciembre de 2025
ESTATUTOS 2023
28 de julio de 2025