Médicos con clínicas privadas deberán adaptar sus sistemas de facturación al nuevo Reglamento VeriFactu en pocos meses.

15 oct 2025

La normativa tributaria exigirá a partir de 2026 que las clínicas privadas y médicos autónomos utilicen sistemas VeriFactu certificados, reforzando el control fiscal y la transparencia en la facturación sanitaria

 

 

A partir del 1 de enero de 2026, las sociedades médicas y clínicas privadas deberán disponer de sistemas de facturación que cumplan con los requisitos técnicos establecidos en el Reglamento VeriFactu, aprobado mediante el Real Decreto 1007/2023. En el caso de los médicos autónomos, la fecha límite será el 1 de julio del mismo año.

 

La normativa tiene como objetivo garantizar la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas emitidas por las consultas y centros sanitarios privados. Con esta medida, la Agencia Tributaria busca reforzar el control sobre la facturación en el ámbito sanitario privado y asegurar una mayor transparencia en la emisión de documentos contables.

 

El sistema introduce dos modalidades de facturación: VeriFactu y No VeriFactu. En la primera, las facturas se enviarán automáticamente a la sede electrónica de la Agencia Tributaria tras su emisión, permitiendo al paciente consultar su autenticidad a través de la web oficial. En la segunda modalidad, las facturas no se remitirán de forma inmediata, pero el programa deberá generar un “Registro de Eventos” que garantice la trazabilidad de todas las operaciones.

 

Los médicos o clínicas que opten por la modalidad No VeriFactu asumirán la responsabilidad completa de la custodia y conservación de dichos registros, debiendo ponerlos a disposición de la Administración en caso de inspección. Además, los sistemas informáticos utilizados deberán estar certificados por el proveedor, quien deberá emitir una declaración responsable que acredite el cumplimiento de la normativa.

 

El uso de programas no certificados podrá conllevar sanciones de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal, según el régimen sancionador previsto en el Real Decreto. Por ello, se recomienda que las clínicas médicas inicien cuanto antes la actualización o sustitución de sus programas de facturación para garantizar su adecuación al nuevo marco legal.

 

Cabe destacar que las obligaciones del Reglamento VeriFactu son independientes de las relativas a la factura electrónica regulada por la Ley 18/2022, cuya entrada en vigor aún depende de un desarrollo reglamentario pendiente de aprobación.

 

Desde la Asesoría Jurídica te podemos acompañar en la adaptación a este proceso.Ponte en contacto escribiendo a:

 

ajuridica@icomem.es

Adjuntos
DESCARGABLE SISTEMA DE FACTURACIÓN CLINICAS PRIVADAS 2026
15 de octubre de 2025