El Foro de la Profesión Médica reitera que la prescripción de medicamentos es una atribución que corresponde a la profesión médica

19 may 2025

La Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias recoge esta atribución de manera exclusiva para médicos,
podólogos y dentistas
• Se solicita a las corporaciones de la profesión enfermera que cesen la desinformación hacia la población y centren su labor en
su área competencial

Reproducimos y nos hacemos eco del comunicado del Foro de la Profesión Médica

 

Ante las últimas declaraciones de la presidenta del Colegio de Enfermería de la Región de Murcia, Amelia Corominas, que se suma a la constante desinformación que desde hace muchos meses se realiza por parte de representantes del Consejo General de Enfermería, el Foro de la Profesión Médica (FPME) quiere expresar de manera firme que:

 

1. La prescripción de medicamentos es una atribución de los médicos, podólogos y dentistas recogida por la Ley 44/2003 de

Ordenación de las Profesiones Sanitarias que tiene como fin principal garantizar la seguridad clínica del paciente.

 

2. La prescripción de medicamentos es un acto médico para el que se requiere la formación de seis años en el Grado de Medicina y

cuatro o cinco años de especialización, es decir, un mínimo de once años para asumir la responsabilidad del diagnóstico,Foro de la Profesión

Médica de España tratamiento y la atribución de prescribir, un trayecto formativo que tiene un único objetivo final: la seguridad clínica.

 

3. El diagnóstico y tratamiento son competencias de la profesión médica. Este proceso asistencial es responsabilidad exclusiva del

médico, siendo éste, en el marco legal vigente, el único profesional que posee las competencias clínicas adecuadas para realizar esta función con calidad y seguridad, devenidas de su formación universitaria y de postgrado, como recoge el marco jurídico actual. La vulneración de este marco conllevará acciones legales.

 

4. Desde el FPME se insiste en que estas competencias y atribuciones se alinean totalmente con la profesión médica europea. Así, la Unión E uropea de Médicos Especialistas (UEMS) subraya en un posicionamiento que solo una educación médica completa proporciona la comprensión integrada para la adecuada

coordinación de la atención en equipos multidisciplinares, con el objetivo de “no poner en riesgo la calidad y la seguridad de la atención médica”.

 

5. En esta línea, el Foro de la Profesión Médica (FPME) ha expresado recientemente su honda preocupación frente al anteproyecto de

 

6. Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios por su posible impacto perjudicial en la seguridad clínica de los pacientes en

nuestro país ante la dilución de competencias y atribuciones.

 

La adecuada ordenación de las profesiones sanitarias es algo que la ley LOPS regula claramente para que las competencias definitorias de cada una de las profesiones sigan siendoForo de la Profesión Médica de España identitarias y complementarias en el objetivo común de todas, que es la atención a la salud del paciente.

 

 

El Foro de la Profesión Médica está conformado por: Consejo General

de Colegios Oficiales de Médicos – CGCOM, Federación de

Asociaciones Científico Médicas de España - FACME, Confederación

Española de Sindicatos Médicos - CESM, Conferencia Nacional de

Decanos de Facultades de Medicina - CNDFM y Consejo Estatal de

Estudiantes de Medicina – CEEM).