El Tribunal Supremo da la razón al Colegio de Médicos de Madrid en su recurso contra el Real Decreto de Urgencias

16 may 2025

El fallo anula parte del Real Decreto 610/2024 y obliga a incluir a médicos generalistas titulados tras 1995 y profesionales con títulos extranjeros homologados en el acceso extraordinario a la especialidad.
La resolución abre el acceso a la especialidad de Urgencias a más de 20.000 médicos excluidos en toda España

 

El Tribunal Supremo ha dado la razón al Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM) en su recurso contra el Real Decreto 610/2024, que regula la creación de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias. En su sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha invalidado el requisito que restringía el acceso extraordinario a esta especialidad únicamente a los médicos habilitados conforme al Real Decreto 853/1993, es decir, a quienes obtuvieron su titulación antes de 1995.

 

Con esta resolución, el Tribunal reconoce el derecho de los médicos generalistas titulados después de 1995 —así como de aquellos con título extranjero homologado— a acceder por la vía extraordinaria al nuevo título de especialista. Según el fallo, la exclusión de estos colectivos representaba una discriminación injustificada y contraria al principio constitucional de igualdad.

El Alto Tribunal considera que la reclamación del ICOMEM era inclusiva, sin perjuicio para otros colectivos como los médicos especialistas ya habilitados o en trámite de obtención del título. Además, valoró la urgencia de la situación y atendió con celeridad la solicitud elevada por el Colegio madrileño.

 

Desde el Colegio también se había advertido sobre el impacto potencial en el sistema sanitario si se mantenía la exclusión, alertando sobre el riesgo de colapso en los servicios de urgencias en un contexto de escasez de facultativos.

 

La sentencia tiene un alcance significativo, ya que afecta directamente a un colectivo estimado de más de 20.000 médicos en toda España, muchos de los cuales cuentan con una extensa experiencia en servicios de urgencias y emergencias, pero que habían quedado excluidos del reconocimiento oficial por criterios de titulación considerados arbitrarios.

 

El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM) celebra la sentencia emitida por el Tribunal Supremo que estima su recurso interpuesto contra el Real Decreto que crea la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias. En su fallo, el Alto Tribunal ha declarado la nulidad del requisito que impedía el acceso a los médicos generalistas titulados después de 1995.

 

Desde el ICOMEM, valoramos muy positivamente esta sentencia, que beneficia a miles de profesionales médicos que vienen desempeñando su labor en los servicios de urgencias y emergencias de Madrid y de toda España. La exclusión de este colectivo suponía una clara discriminación que el Tribunal Supremo ha considerado carente de justificación.

 

Queremos agradecer el excelente trabajo realizado por nuestro equipo jurídico. Seguiremos trabajando para defender los derechos de todos los médicos y garantizar el reconocimiento justo a su labor profesional.

 

Adjuntos
COMUNICADO SENTENCIA TS EMERGENCIAS
16 de mayo de 2025
SENTENCIA
16 de mayo de 2025