El ICOMEM convoca las Ayudas a mayores, dependencia y discapacidad 2023

01 sep 2023

• La presentación de solicitudes será del 19 de septiembre al 9 de octubre de 2023 (ambos incluidos)
• Estas ayudas están orientadas a colaborar en los gastos que ocasione la cobertura de ciertas necesidades derivadas de la discapacidad y/o de la dependencia

El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM) convoca las Ayudas a mayores, dependencia y discapacidad 2023 para dar respuesta a aquellas familias que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, precisen de apoyo para lograr una mayor autonomía personal en su vida cotidiana. 
 
Estas ayudas están orientadas a colaborar en los gastos que ocasione la cobertura de ciertas necesidades derivadas de la discapacidad o de la dependencia.
 
Periodo de solicitud y cuantía
 
La ayuda consiste en un pago único por el importe de la factura, hasta un máximo de 500 euros para compra de gafas, de 1.000 euros por audífono (por aparato) y de 600 euros para el resto de material ortoprotésico. La presentación de solicitudes será del 19 de septiembre al 9 de octubre de 2023 (ambos incluidos). 
 
El periodo de subsanación de las mismas, del 10 al 19 de octubre de 2023 (ambos incluidos) y la resolución de las ayudas, a partir del 30 de noviembre de 2023 (pudiendo ser estos plazos modificados por necesidades del área). 
 
Requisitos
 
Como en la convocatoria anterior, se ha suprimido también este año el criterio socioeconómico, por lo que para acceder a estas ayudas, será necesario cumplir estos requisitos:
 
  • Estar colegiado en ICOMEM y estar al corriente en el abono de las cuotas colegiales en el momento de presentación de la solicitud.
  • Cumplir la condición de BENEFICIARIOS. 
  • En el caso de estar en activo, acreditar que la actividad profesional en el último año y hasta la actualidad, se desarrolla en la Comunidad de Madrid. En caso contrario (desempleo o jubilación), se deberá acreditar dicha condición igualmente.
  • Presentar en tiempo y forma la solicitud y toda la documentación requerida.
  • No haber presentado cualquier otra solicitud de ayuda para la convocatoria actual y para la misma unidad familiar que sea causa de incompatibilidad.
 
Cualquier otra situación especial en relación con prestaciones dirigidas a mayores y personas con discapacidad, será analizada de forma individual y valorada por la trabajadora social del Área, quien podrá proponer otras ayudas de carácter excepcional.
 
Solicitud online
 
Como novedad este año, la forma de presentación de solicitudes será a través de un formulario online que habrá que cumplimentar directamente desde el sitio web del ICOMEM, en el apartado Área Social (la solicitud no estará disponible hasta el día 19 de septiembre de 2023). No obstante, esta ayuda también podrá tramitarse de forma presencial en el área de Protección Social (con cita previa).
 
La documentación que requeriremos será la siguiente:
 
  1. Copia por ambas del DNI del Colegiado.
  2. Copia por ambas caras del DNI del beneficiario (Sólo en caso de que el solicitante sea viudo/a o huérfano de colegiado o beneficiario de una ayuda).
  3. En el caso de estar en activo, acreditar que la actividad profesional en el último año y hasta la actualidad, se desarrolla en la Comunidad de Madrid. En caso contrario (desempleo o jubilación), se deberá acreditar dicha condición igualmente.
  4. En caso de ser menor de 65 años y presentar discapacidad, copia del Reconocimiento de Grado de Discapacidad.
  5. En caso de ser menor de 65 años y presentar dependencia, copia de la Resolución de Grado de Dependencia.
  6. En caso de acogida, tutela o adopción será necesario la acreditación mediante la correspondiente resolución administrativa o judicial.
  7. En caso de que la ayuda vaya destinada a cónyuges, ascendientes o descendientes de colegiado, habrá que presentar Certificado/volante de empadronamiento colectivo y en vigor (validez máxima de tres meses).
  8. En caso de que la ayuda vaya destinada a viudos/as de colegiado, habrá que presentar Certificado de Defunción del colegiado.
  9. Copia de la factura de compra (no factura pro-forma) a nombre del colegiado o beneficiario de la ayuda técnica adquirida  en el año 2022 o año 2023 (se admitirán facturas con fecha desde el 01 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023).
 
Ayudas a cónyuges, parejas, viudos/as, ascendientes o descendientes de colegiados
 
Sólo se podrá solicitar una ayuda por compra de material por colegiado y/o beneficiario que cumplan con los requisitos de acceso dentro la misma unidad familiar y en el mismo año de esta convocatoria. No obstante, el colegiado si podrá tramitar otra solicitud de ayuda por compra de material para sus cónyuges o parejas, viudas/os de colegiados, y ascendientes o descendientes, siempre y cuando convivan con él y estén a su cargo, es decir, que dependan económicamente de ellos, o con dependencia y discapacidad reconocida. La factura deberá estar emitida a nombre del beneficiario por el que se solicita la ayuda. Deberán cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
 
    a) Ser mayor de 65 años.
    b) Menores de 65 años con Discapacidad reconocida igual o superior al 65%.
    c) Menores de 65 años con Reconocimiento de grado de dependencia igual o superior a GRADO II 
 
En el caso de familias compuestas por dos cónyuges en las que ambos sean colegiados y cumplan los requisitos de acceso, podrán presentar cada uno de ellos una solicitud si cada uno de ellos cumplen con la condición de beneficiario.
 
Puede encontrar el resto de información en la convocatoria adjunta en PDF. 
Adjuntos
Convocatoria Ayudas a mayores, dependencia y discapacidad 2023
1 de septiembre de 2023