El ICOMEM pone a disposición de los padres colegiados un servicio de asesoramiento jurídico para solicitar el plus de maternidad con carácter retroactivo en las pensiones por jubilación, viudedad o discapacidad

07 sep 2022

• Este nuevo servicio se inicia tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo que reconoce la retroactividad total del complemento de maternidad en las pensiones a hombres que hayan accedido a la prestación de jubilación, viudedad o discapacidad entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021

• Se reconoce también el derecho a percibir los atrasos no prescritos desde la fecha de la jubilación, junto con revalorizaciones e intereses de demora

• El complemento asciende a un 5 % para quienes tengan dos hijos, al 10 % para quienes tengan tres y al 15 % para quienes tengan cuatro o más

• Nuestros letrados instarían el proceso administrativo correspondiente para obtener dicho complemento económico e incluso, si fuese necesario, su posterior reclamación judicial

La Asesoría Jurídica del ICOMEM asesorará a los padres colegiados que deseen solicitar el plus de maternidad por aportación demográfica con carácter retroactivo en las pensiones por jubilación, viudedad o discapacidad. Dicho servicio se produce tras la sentencia del Tribunal de Supremo que reconoce el derecho de los hombres que hayan pasado a cualquiera de estas situaciones entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y tengan dos o más hijos, considerando discriminatorio que este se limitase exclusivamente a las mujeres.

La sentencia del Tribunal Supremo también reconoce el derecho a percibir los atrasos no prescritos desde la fecha de la jubilación, junto con revalorizaciones e intereses de demora. El complemento asciende a un 5 % para quienes tengan dos hijos, al 10 % para quienes tengan tres y al 15 % para quienes tengan cuatro o más.

En todo caso deberá de tenerse en cuenta si la madre ha estado percibiendo ya este mismo complemento en los supuestos de jubilación o incapacidad y la fecha de su reconocimiento.

Desde la Asesoría Jurídica del ICOMEM podemos asesorar a todos los colegiados afectados para valorar su situación y, de ser factible, realizar los trámites tendentes al reconocimiento del derecho al complemento, así como para el pago de los atrasos.

Para ello, nuestros letrados instarían el proceso administrativo correspondiente para obtener dicho complemento económico e incluso, si fuese necesario, su posterior reclamación judicial.

 

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