La Fundación ICOMEM proyecta un Curso de Experto en Medicina Subacuática e Hiperbárica

05 may 2009

 

La Fundación del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid proyecta un Curso de Experto en Medicina Subacuática e Hiperbárica para que los colegiados inscritos puedan llegar a prevenir, diagnosticar y tratar a los accidentados o afectados por enfermedades derivadas o que tengan su origen en la práctica de actividades subacuáticas, y hasta realizar tratamientos con nuevas tecnologías, como la Oxigenoterapia Hiperbárica.

Para poder realizar este curso es necesario un número mínimo de médicos, por lo que rogamos a las personas interesadas envíen su nombre, número de colegiado y teléfono de contacto a:

cursos@icomem.es o infofmc@icomem.es.
Más información en Formación Médica Continuada del ICOMEM
(Tel: 91 538 51 18 y 91 538 53 05).

SOBRE LA MEDICINA SUBACUÁTICA E HIPERBÁRICA

La práctica de actividades de riesgo, como el buceo, tiene cada vez más seguidores y no sólo por parte de deportistas o personas con capacidades físicas y conocimientos previos suficientes como para realizarlas en condiciones de seguridad, sino también por personas que carecen de éstas e incluso simples turistas, que aprovechan las visitas a lugares de ocio (playas, cuevas, etc.) para realizar actividades subacuáticas tras unas pequeñas clases introductorias.

Por tanto, resulta necesario recordar que la práctica de este tipo de actividades requiere una asistencia médica específica para la adecuada realización de reconocimientos médicos especializados y previos a la práctica de las mismas. No cualquier profesional médico, por el hecho de serlo, tiene la capacidad y conocimientos necesarios para realizar el pertinente reconocimiento y certificar después, en condiciones de mínima seguridad, la idoneidad o aptitud de la persona para la realización de estas actividades.

Titulación y especialización específica

Cada vez es más corriente y preocupante encontrar médicos de Atención Primaria a los que pacientes o familiares de pacientes (especialmente de menores de edad) se les piden o exigen certificados médicos de este tipo, sin saber que la normativa vigente obliga a que los médicos que realicen tales certificados estén en posesión de titulación y especialización específica para poder acreditar que el estado de salud de una persona le permite someterse a un ambiente hiperbárico.

En concreto, la orden de 14 de Octubre de 1997, del Ministerio de Fomento, establece en el artículo 25.1 y 2 de su texto:

"Toda persona que se someta a un ambiente hiperbárico deberá realizar previamente un examen médico especializado. Este examen o posteriores reconocimientos deben ser realizados por médicos que posean título, especialidad, diploma o certificado, relacionado con actividades subacuáticas, emitido por un organismo oficial…"

Es decir, que debe ser un médico no sólo específicamente capacitado, sino además en posesión del título habilitante para ello, el que proceda a la realización de tales reconocimientos y a la elaboración de los pertinentes certificados. Y no sólo en lo que supone una atención "previa" a la realización de la actividad, sino también para una atención actual o posterior a la misma, como ocurre, a modo de ejemplo, con el empleo de la oxigenoterapia hiperbárica para el tratamiento de las embolias gaseosas que pueden llegar a padecer aquéllos que realizan actividades subacuaticas, o el oportuno tratamiento de enfermedades debidas a infecciones o la hipoxia debida a la insuficiencia vascular provocada por patologías crónicas o agudas que conducen a una isquemia y necrosis de ciertos órganos o miembros del usuario.

Por ello, son numerosas las variables que obligan, por la seguridad del usuario, a que sea un médico especializado el que "controle" íntegramente el ejercicio de tales actividades, tanto en su realización "técnica" como en su vertiente médica.

Asimismo, el empleo de nuevas tecnologías, como la citada oxigenoterapia hiperbárica (OHB), permitiría recuperar a los pacientes de una forma mas rápida y con mas garantías respecto de lesiones traumatológicas, odontológicas, etc. provocadas por la práctica de este tipo de actividades. En este caso, tanto para la indicación de la aplicación de la Oxigenoterapia Hiperbárica, como por la propia aplicación y seguimiento de la terapia y del curso clínico de los pacientes, también es necesaria la formación de profesionales capacitados en Medicina Subacuática e Hiperbárica.

Atención adecuada y correcta

La necesidad de prestar una atención adecuada y correcta a un buceador en los primeros minutos en que éste ha sufrido un accidente es una cuestión que debe valorar adecuadamente un profesional cualificado. Así, lo que un profano en la materia puede entender como perfectamente indicado, como sería el uso de la cámara hiperbárica tras dicho accidente, un profesional

cualificado puede llegar a una conclusión totalmente diferente y considerar que cuando un buceador tiene un accidente lo que no necesita, al menos urgentemente y en un primer momento, es la introducción en una cámara hiperbárica, sino previamente una estabilización, una reanimación cardiopulmonar, etc. Detalles que adquieren una importancia vital a la hora de tratar de forma inmediata a una víctima de un accidente descompresivo, donde el origen del daño puede encontrarse en la formación de burbujas de nitrógeno, por lo que lo más importante puede ser oxigenar adecuadamente al paciente y rehidratarlo.

Además, las personas que se dedican de manera profesional al buceo deben pasar un reconocimiento médico especializado cada año, e incluso en el caso de los buceadores deportivos, dicho reconocimiento debe realizarse cada dos años, precisamente por el tipo de actividad "de riesgo" que el buceo constituye, ya que existen o pueden existir importantes contraindicaciones médicas para su práctica, como la epilepsia o algunos tipos de cardiopatías.

Por esta razón, conviene no sólo que el profesional médico se convenza de lo esencial que ello resulta, sino sobre todo de que reconozca en profundidad a cada buceador porque, tras el pertinente reconocimiento, puede darse el caso de que le tenga que realizar algunas recomendaciones para la realización de su actividad, o incluso en el peor de los casos, denegar la aptitud para su práctica.

Ante esta problemática y el vacío en torno a dicha preparación y formación, especialmente en el ámbito de la Comunidad de Madrid, la Fundación del Ilustre Colegio de Médicos de Madrid está proyectando este Curso de Experto, que adquiere todo su sentido tanto a nivel formativo como a nivel laboral.