El ICOMEM se felicita por la reciente modificación del procedimiento para tramitar altas y bajas laborales en un mismo acto médico

18 ene 2022

Para el Colegio de Médicos de Madrid se debe seguir avanzando en esta dirección con futuras modificaciones del módulo de prescripción de incapacidad laboral.
Desde la Vocalía de Atención Primaria y su Mesa se pidió, entre otras medidas la modificación de la legislación de la IT del Covid para aliviar la excesiva carga burocrática a la que tienen que hacer frente los médicos de Atención Primaria.

Altas y bajas laborales médicos
Altas y bajas laborales médicos
 
El pasado 17 de enero la Comunidad de Madrid anunciaba que ya es posible la tramitación conjunta de la baja y el alta laboral en el mismo acto médico en caso de personas con Covid-19 asintomáticas obligadas a guardar siete días de aislamiento. Antes el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones procedió al cambio de la aplicación informática del sistema, aunque sin la modificación de la normativa vigente.De esta forma, ya está disponible una nueva versión de IT Web-incapacidad temporal (IT). 
 
Esta disposición va a permitir reducir la carga burocrática, y, por tanto, la presión asistencial que viven cada día los médicos de en Atención Primaria desde que comenzó la pandemia. En este sentido, el Colegio de Médicos se felicita de haber sido una de las instituciones que ha pedido este cambio entre otras medidas, ante el colapso de este nivel asistencial. En el comunicado hecho público el pasado 7 de enero por al Mesa de Atención Primaria se calificaba incomprensible que esta actividad administrativa, estuviese bloqueando la capacidad asistencial de los médicos de familia y pediatras de AP.
 
Para el Colegio de Médicos de Madrid se debe seguir avanzando en esta dirección con futuras modificaciones del módulo de prescripción de incapacidad laboral. Es decir, poder dar el parte de incapacidad laboral a cualquier médico de servicio público de salud que atienda a cualquier paciente COVID, en un solo acto médico. El objetivo sería facilitar desde la propia historia clínica del paciente el acceso a la prescripción de la incapacidad laboral. Desde el ICOMEM se aboga para que no sea necesario imprimir los formularios de incapacidad laboral en las consultas de los médicos y que esto pase a las funciones de las unidades de atención al usuario tanto en las consultas de atención primaria como en las ventanillas de administración de los hospitales.
 
PASOS PARA SEGUIR PARA LAS BAJAS Y ALTAS LABORALES POR COVID
 
El médico podrá dar la baja y el alta laborales en un único contacto con el paciente en los episodios registrados como infección por Covid-19 asintomáticos, al igual que ocurre en los procesos de Incapacidad Temporal de corta duración, de hasta cinco días, como recoge el real decreto 625/2014.
 
En todas las bajas con este diagnóstico se cargará automáticamente una duración estimada de siete días y, en función de la fecha que se registre, aparecerá automáticamente la de reincorporación sin necesidad de cumplimentarla.
 
Para obtenerla, los asintomáticos que hayan dado positivo en una prueba de autodiagnóstico u otra prueba de detección de infección activa (PDIA) tendrán que contactar con el teléfono gratuito del Centro de Atención al Paciente 900 102 112, informar de su situación e indicar que precisan de la baja para poder cumplir el periodo de aislamiento.
 
El ciudadano recibirá un SMS de confirmación de la recepción de sus datos e informándole de que el centro de salud contactará con él para hacer efectivos los trámites sin necesidad de pedir cita. Así, se le facilitará baja y alta con duración de siete días a partir de la fecha del resultado positivo.
 
Si aparecieran síntomas durante el periodo de aislamiento y estos se mantienen pasados esos días, deberá contactar con su centro de salud por si fuera necesario prolongarla. Si permanece sin síntomas, transcurrida la semana, deberá incorporarse al trabajo al siguiente día laborable.
 
Los ciudadanos que lo precisen pueden acceder de forma digital a la documentación de la baja accediendo al apartado "Mi Carpeta de Salud" en el portal web oficial de la Comunidad de Madrid, o a través de su empresa si está adherida al Sistema RED estatal.
No será necesario imprimir el parte en papel si su empresa tiene acceso a esta herramienta. Además, se puede solicitar un ejemplar impreso de la documentación en la Unidad de Atención al Usuario de los centros de salud